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INVERSIÓN EN PANELES SOLARES FOTOVOLTAICOS

Ajuste de los criterios básicos de funcionamiento de COMAP

¿Ha habido cambios recientes en los criterios básicos de funcionamiento de COMAP?

Sí, el pasado 12 de febrero de 2021 comenzaron a regir nuevos criterios de funcionamiento donde se realizan ajustes en los requerimientos para la elegibilidad de inversiones en paneles solares fotovoltaicos y las condiciones para el cómputo de éstas en el indicador Tecnologías Limpias y el Indicador Sectorial Nivel Tecnológico del Producto Elaborado.

¿Cuál era el criterio empleado hasta el 11 de febrero de 2021?

Con anterioridad a esta modificación, era factible solicitar los beneficios fiscales establecidos en el Decreto 268/020 tomando únicamente como inversión comprometida en el proyecto de inversión aquella relacionada a paneles solares fotovoltaicos, sin tener la necesidad de incluir ningún otro tipo de inversión ni de aplicar ningún otro indicador más que el de inversión en tecnologías más limpias.

Para dichos proyectos, en función del lugar donde se ubicara la inversión en el territorio nacional, era posible obtener un recupero de IRAE de entre el 61,89% del monto invertido para ser utilizado en un plazo de 9 años y el 68,89% para ser utilizado en un plazo de 11 años.

¿Cuál fue el cambio instrumentado por COMAP a partir del 12 de febrero de 2021?

En el caso de inversiones en energías renovables - paneles solares fotovoltaicos, serán elegibles aquellas que representen como máximo el 20% del total del proyecto de inversión presentado, debiendo además computar al menos 2 puntos ponderados en el indicador generación de empleo.

¿Qué implica dicho cambio en los criterios de funcionamiento de COMAP?

A partir del 12 de febrero de 2021, ya no será posible presentar la solicitud de beneficios fiscales establecida en el Decreto 268/020 por inversiones únicamente en paneles solares fotovoltaicos. Será necesario que dicha inversión se combine con otras inversiones en activo fijo, de tal forma que se dé cumplimiento a los máximos de inversión en paneles solares fotovoltaicos por proyecto (20%) definido por los nuevos criterios de funcionamiento de COMAP.

Adicionalmente, para aquellas compañías que estén considerando realizar una inversión que incluya paneles solares fotovoltaicos, si se pretende que la misma forme parte de la inversión a ser promovida, será necesario considerar la obligatoriedad de generar el empleo mínimo requerido para que se permita computar como inversión elegible, la inversión en los paneles solares fotovoltaicos.